(507) 775-6353 / 6672-6353 lesanjura@lesanjura.org

Esta es una recomendación fundamental en cualquier contrato hoy, por lo que si  

La tienes usar, o estás negociando algún contrato en estos momentos es recomendable ponerla

Al tener una mala ejecución del contrato, al existir la cláusula arbitral, se debe atender la diferencia o el incumplimiento de este primero en un centro de mediación;

Sugiero que al hacer uso de la cláusula arbitral, si bien puedes tener preferencia por un centro o usar una cláusula sugerida por un centro, esta sea universal

Así a la hora de hacer uso del Centro de mediación no estás obligado a usar uno determinado;

También sugerimos que en los contratos al indicar la Clausula Arbitral, no sea

únicamente el concepto de Arbitraje, sino que en la misma se universalice, a que si es necesario sea escalable, mediación, conciliación, Negociación y Arbitraje;

Todo esto te permitirá que en una desavenencia o incumplimiento de contrato logres

 salir más rápido del conflicto y la reducción de costos;

Si este es tu caso y requieres una orientación puedes comunicarte al 66726353

Y con una conferencia privada podemos orientar mejor la situación. Cuídate, quédate en casa y cuida de los tuyos…

× ¿Cómo puedo ayudarte?