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La Negociación es una forma de salir de un conflicto e incluso que este entablado en un Proceso Judicial, a través de una transacción judicial, aprobada por el Juez. La Negociación en donde un tercero interesado puede contribuir a la solución de este; aportando su experiencia y respetando la Autonomía de Las Partes. La Voluntad de las Partes.

Asi el Arbitraje. Mas conocido en la actividad comercial (más ampliamente) y laboral (desde hace mucho tiempo).  Ambas se manejan diferentes, pero al final son Arbitrajes. Se puede utilizar en otros tipos de situaciones. Aunque tiene sus limitaciones.

La norma que creo Masc, define dos grandes áreas. Los de Derecho y los de Equidad. El artículo 3 del D/L 5 de 1999 lo define como de Derecho “Cuando el poder conferido por las partes a los árbitros sea para resolver la cuestión conforme a las reglas de Derecho. Sera en equidad si los árbitros hubieran de resolver conforme a su leal saber y entender, sin sujeción a las reglas de Derecho Positivo.” Si deseas conocer más sobre estos aspectos contáctanos en www.lesanjura.net mantente en casa, cuídate y cuida de tu familia. Todos nos debemos cuidar.

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